BECAS

SUBSIDIOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO MEDICO

Condiciones:


1º- Ser miembro de la Asociación Civil de Médicos y Odontólogos del Hospital Británico de Buenos Aires con por lo menos una antigüedad de veinticuatro (24) meses cumplidos. (***)

2º- Los subsidios para el perfeccionamiento médico serán exclusivamente dirigidos a sufragar, conforme lo determina la cláusula 3era, la concurrencia y participación del profesional en cursos o tareas de perfeccionamiento médico a realizarse en instituciones reconocidas, a criterio de esta Asociación, con un límite mínimo de duración de 30 (treinta) días, quedando especialmente excluidos de estos subsidios la asistencia a congresos, jornadas, etc. (***)

3º- El otorgamiento del subsidio y el monto a asignar serán a discreción de la Comisión Directiva. Las resoluciones de la Comisión Directiva son inapelables.

4º- (**) El interesado deberá presentar la carta de solicitud del subsidio requerido detallando lugar, tiempo de estadía y propósito. El jefe de Servicio correspondiente deberá hacer llegar una nota explicando la utilidad para el Servicio y para el Hospital del subsidio solicitado y su recomendación específica.
5°- Las solicitudes deben ser acompañadas con una carta de aceptación del lugar a concurrir. Se requerirá la presentación, dentro de los 15 días de regreso y reintegro al Hospital por parte del beneficiario al regreso, de un certificado oficial de asistencia. Esta última condición será estrictamente requerida por la Comisión, sin posibilidad de prórroga. *Ante el incumplimiento de la presentación del certificado de asistencia e informe de su actuación en el centro médico al que asistió, avalado por el Jefe de Servicio, se podrán ejercer cargos punitorios a criterio de la ACMOHB.

6º- La modalidad de selección será esquematizada con el siguiente calendario: -El subsidio para las rotaciones que se realicen entre el 1 de enero y el 30 de junio deberán ser solicitados hasta el 30 de octubre anterior, otorgándose respuesta por parte de la Asociación durante el mes de noviembre. Las que se soliciten para el período comprendido entre el 1 de Julio y 31 de diciembre serán recibidas hasta el 30 de marzo, para ser consideradas y darles respuesta durante el mes de abril. (***)

7º- Sólo se otorgará un subsidio anual por servicio y por año calendario. Los casos excepcionales serán debidamente estudiados por la Comisión


Modificaciones *3/04/01, ** 21/05/01, *** 3/3/17

BECAS

GESTIÓN EN SALUD

Reglamento:

Con el fin de promover y estimular la formación en el área de Gestión de la Salud, la Asociación de Médicos y Odontólogos del Hospital Británico de Buenos Aires, ha decidido brindar becas para dicha finalidad.

1º- REQUISITOS
    • Ser miembro de la Asociación de Médicos del HB, con antigüedad no menor a la de 5 años.
    • Diplomatura o Maestría, cuyo tema principal sea dirigido a la gestión de los servicios de salud, calidad y seguridad del paciente, evaluaciones económicas en salud.
    • De dictado presencial o semipresencial y en la Argentina.
    • Duración del curso de no menos de 1 (un) año lectivo. 
2º- Se llamará a concurso una vez al año con fecha límite el día 31 de Enero de cada año corriente.

3º- El monto de la beca no podrá exceder el 50% del valor del curso. Ni superar el 50% del salario mínimo, vital y móvil.
4°- Se otorgarán hasta cubrir un máximo de 10 becas por año calendario.

5°- Solo se asignará una beca por servicio médico por año lectivo.

6°- La ACMOHB será quien determine el valor monetario total para fondo de becas, que será distribuido hacia los candidatos elegidos en forma proporcional.

7°- En circunstancias especiales se podrá otorgar becas en caso que no se completan los requerimientos antes descriptos.

8°- La selección para las becas se realizará de la siguiente manera:
    • Presentar una carta con los motivos del pedido y adjuntar a la misma, el programa de la diplomatura o maestría elegida, junto con el valor del mismo.